La prevención y actuación en emergencias es una obligación íntimamente relacionado a todos los centros de trabajo, cualquiera que sea su nivel de riesgo y/o a su actividad. En unos casos será en aplicación de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales (Art. 20. Medidas de emergencia) y, en otros, la Norma Básica de Autoprotección.
Nuestra empresa ofrece servicio de diseño y redacción de planes de autoprotección para todo tipo de empresas e instituciones conforme a Ley.
El Plan de Autoprotección es el documento que establece el marco orgánico y funcional previsto para un centro, establecimiento, espacio, instalación o dependencia, con el objeto de prevenir y controlar los riesgos sobre las personas y los bienes y dar respuesta adecuada a las posibles situaciones de emergencia, en la zona bajo responsabilidad del titular de la actividad, garantizando la integración de éstas actuaciones con el sistema público de protección civil.
Por su parte, los órganos competentes en materia de protección civil establecerán Protocolos que garanticen la coordinación de sus medios con los del titular de la actividad cuando la gravedad de la emergencia así lo requiera.
Prevención Melilla, le ofrece el Servicio de Asistencia Técnica para la:
– elaboración
– integración
– implantación
– mantenimiento de la eficación y actualización del Plan de Autoprotección de sus centros, establecimientos, espacios y dependencias que lo precisen atendiendo a la legislación vigente.
Iniciaremos nuestro trabajo con un un test de auto diagnóstico que evaluará la elaboración del Plan de Autoprotección y su grado de implantación y mantenimiento.
Posteriormente, el mantenimiento del Plan de Autoprotección aborda la identificación y evaluación de los riesgos, las acciones y medidas necesarias para la prevención y control de riesgos, así como las medidas de protección y otras actuaciones a adoptar en caso de emergencia.
Con el objetivo de evitar duplicidad de información, los titulares de una actividad que ya cuenta con un documento de naturaleza análoga al Plan de Autoprotección que corresponda a otra normativa aplicable, pueden fusionar en un único documento la información solicitada por las distintas normas, siempre y cuando cumpla con los contenidos mínimos requeridos por la Norma Básica de Autoprotección.