Según el artículo 22 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales “El empresario garantizará a los trabajadores a su servicio la vigilancia periódica de su estado de salud en función de los riesgos inherentes al trabajo“.
Ofrecemos un servicio vigilancia de la salud sometido a protocolos específicos establecidos por las autoridades competentes, con respecto a los factores de riesgo a los que está expuesto el trabajador. Así mismo establecerán la periodicidad y contenidos específicos de cada caso.